Talleres de enderezado y pinturas Zona Sur Costa Rica

Taller 3B, autorizado por el INS, MAPFRE, Oceánica, QUALITAS

Oceánica de Seguros

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¿Qué hacer en caso de siniestro?

1. Llame al 800-AUXILIO (800-2894546). Un inspector llegará al sitio del evento para documentarlo e iniciar el trámite de la indemnización. Le coordinamos también a través de esta llamada el envío de un remolque para su vehículo y su traslado al domicilio de residencia, en caso de que el vehículo no pueda circular.

2. Si en el accidente hubiera terceros involucrados, dé aviso a la autoridad de tránsito, llamando al 911.

3. Espere la llegada del representante de Oceánica y del Inspector de Tránsito, si corresponde. Coopere con ellos en el levantamiento de la información del evento.

4. Elija el taller de su preferencia para efectuar la valoración de daños del vehículo y su reparación. El representante de Oceánica le entregará la lista de aquellos que conforman la red de proveedores recomendados.

5. Solicite al taller seleccionado la valoración su vehículo (cita previa) y el trámite de su indemnización. Dispone de un plazo máximo de 10 días hábiles a partir del día del evento para hacer el avalúo de los daños. En caso de contar con la cobertura de Sustitución de vehículo, comuníquese al 800-AUXILIO para coordinar la autorización y envío del carro sustituto. El mismo le será suministrado a partir del día que ingrese el auto asegurado al taller.

6. Si por causas de fuerza mayor no le fuera posible cumplir con el aviso inmediato, cuenta con 5 días hábiles a partir de la fecha del accidente para presentar su solicitud de indemnización, a través de su asesor en seguros o directamente en las oficinas de Oceánica.

¿Hubo lesionados o fallecidos?

1. Si existen personas lesionadas, debe presentar denuncia ante el seguro obligatorio automotor que tenga suscrito y entregar copia al taller.

2. Coordine una cita con la asesoría legal de Oceánica de Seguros para que le indiquen cómo proceder en instancias judiciales y le aconsejen durante los procesos que deberá atender.

3. Tenga en cuenta que cualquier conciliación o arreglo extrajudicial debe ser autorizado previa y formalmente por Oceánica de Seguros.

4. Si cuenta con la cobertura de Atención Médica, recopile todas las facturas de los gastos que incurra para que los presente a cobro.

5. Recuerde que usted o el conductor al momento del evento se obligan con Oceánica a:

  • Otorgar los poderes necesarios, a las personas que indique Oceánica, para finiquitar el proceso indemnizatorio.
  • Garantizar a Oceánica de Seguros su derecho de subrogación o cesión.
  • No revelar información previa sobre límites de responsabilidad o coberturas a terceros involucrados.
  • Atender las diligencias en que se necesite su participación personal, suministrar documentos, partes, e información en su poder necesarias para evaluar los alcances del evento.

¿Fue víctima de robo parcial?

1. Llame de inmediato al 800(AUXILIO) para que el funcionario de Oceánica inspeccione los daños sufridos.

2. Formule denuncia inmediata ante el Organismo de Investigación Judicial.

3. Si tiene algún descuento en esa cobertura por el uso de dispositivos especiales de seguridad, solicite a su proveedor certificado de funcionamiento. Es necesario que presente copia de dicho documento a OCEÁNICA.

En caso de robo total:

1. Además de los puntos indicados para robo parcial, tenga presente que a los 30 días hábiles a partir de la fecha de la denuncia de robo del vehículo ante el Organismo de Investigación Judicial, deberá solicitar al OIJ constancia de que el vehículo no fue recuperado y presentarla a Oceánica para el pago de la indemnización.

2. Si el auto apareciera antes de los 30 días avise a Oceánica para coordinar la valoración y/o reparación del mismo.

Si se trata de un evento amparado por responsabilidad civil, además de los pasos anteriores:

1. Preste toda la colaboración necesaria para su debida defensa, puesto que OCEÁNICA actuará en su nombre y debe otorgarle los poderes y la asistencia personal que fueren precisos.

2. Tenga presente que no debe aceptar, negociar, admitir o rechazar, sin autorización de OCEÁNICA, ninguna reclamación relativa a siniestros cubiertos por la presente póliza. OCEÁNICA se reserva el derecho de solicitar otros requisitos que sean necesarios, según sea el caso, para esclarecer las causas, daños, circunstancias, y responsabilidades del siniestro.

Requisitos generales para el trámite:

1. Aviso de accidente.
2. Fotocopia de boletas de citación.
3. Fotocopia licencia habilitante.
4. Certificado de la propiedad del vehículo.
5. Derecho de circulación.
6. Fotocopia Sumaria completa.
7. Denuncia ante OIJ en caso de robo.
8. Otros que puedan solicitarse de acuerdo con el caso.

Conforme el artículo 4 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, Ley 8653 y el artículo 48 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros, Ley 8956, Oceánica “deberá comunicar respuesta al consumidor de seguros ante un aviso de siniestro, una queja o reclamación recibida, todo dentro del plazo de treinta días naturales, los cuales corren a partir de la fecha de cumplimiento de la totalidad de la documentación, de conformidad con lo establecido en la respectiva póliza.